
Legislación de bares musicales en Barcelona
NORMATIVA SOBRE REALIZACIÓN DE MÚSICA EN VIVO Y ACTUACIONES EN DIRECTO
Barcelona está considerada como una de las ciudades con más diversidad cultural. No en vano ha sido definida como una ciudad cosmopolita. A lo largo de estos últimos años, algunos locales emblemáticos como Heliogàbal han tenido que hacer frente a las multas acumuladas por situarse en un limbo legal y por no disponer de una licencia correspondiente para conciertos. Tras la nueva normativa aprobada en 2016, todos los bares y restaurantes acondicionados podrán ofrecer conciertos de música en directo. Hasta ahora, el Decreto 112/2010 sólo permitía las actuaciones a discotecas, salas de baile, salas de fiesta con espectáculos y bares musicales. Con la normativa 1/2016 todos los locales destinados a la hostelería y restauración podrán ofrecer conciertos mediante un comunicado al ayuntamiento y siempre que cumplan con una serie de requisitos. El plan también contempla ayudas de hasta 400.000 euros para insonorizar y adecuar el local a las necesidades exigidas. Locales muy consolidados como Jazz Sí, Apolo, Razzmatazz, Jamboree ya las han recibido.
Requisitos indispensables para poder ofrecer conciertos:
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Disponer del aislamiento sonoro correspondiente y normas de seguridad
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Zonas delimitadas como horario responsable hasta las 23h en las zonas de más concurrencia como los Distritos de L'Eixample, Ciutat Vella, Sants-MonjuÏc y Gracia
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Garantizar un aislamiento mínimo de fachada de 45 dB(A)
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Disponer de cartel en la entrada que informe sobre el nivel sonoro en el interior
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Considerar como mínimo un aislamiento de 95dB(A) en el interior y como máximo de 105 dB(A)
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Especificar el tipo de actuaciones que se van a desarrollar en el local, aportando los instrumentos que se utilizaran y aportando su característica acústica
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Informar sobre el límite de aforo permitido
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Locales con licencias diferentes a las recreativas de restauración y musicales podrá ofrecer máximo 12 actuaciones de carácter extraordinario en un año
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